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Impuesto sobre Sociedades

El Impuesto sobre Sociedades es un impuesto personal y directo que grava la obtención de renta por parte de las sociedades y demás entidades jurídicas que residan en territorio español.

Un impuesto importante, generalmente sociedades limitadas y sociedades unipersonales.

Y además que a partir de 2016 las sociedades civiles también tiene que tributar por este impuesto.

¿Tienen las Sociedades Limitadas la obligación de presentar y tributar por el IS?

Efectivamente, según la Ley 27/2014 las SL tienen la obligación de presentar el impuesto en el período impositivo correspondiente y en los plazos establecidos, que por lo general, suelen ser del 1 al 25 de julio.

¿A qué tipo impositivo tributarían las SL?

El tipo general (vigente desde el 1 de enero de 2016) es del 25%, sin embargo, para nuevos emprendedores, el tipo impositivo sería el reducido del 15%, pudiendo disfrutar del mismo el primer periodo con BI positiva y el siguiente.

¿Existen incentivos fiscales en el Impuesto sobre Sociedades?

Así es. Existen incentivos fiscales para Empresas de Reducida Dimensión, es decir, aquellas empresas cuya cifra de negocios en el período impositivo inmediato anterior no supere los 10.000.000€.

¿Cuáles son los incentivos fiscales?

  • Libertad de Amortización para inversiones generadoras de empleo y para inversiones de escaso valor
  • Amortización acelerada de elementos nuevos de IM, Intangible e Inversiones Inmobiliarias
  • Deducción de las pérdidas por deterioro de los créditos por posibles insolvencias de deudores
  • Minoración de la BI obtenida hasta un 10% de su importe y con límite de 1.000.000€
  • Mayor deducción en arrendamientos financieros

En cualquier caso, hay que tener en cuenta que, para disfrutar de estos incentivos, las ERD deberán de cumplir ciertos requisitos.

¿Cómo calculamos el Impuesto sobre Sociedades?

Para calcular el Impuesto sobre Sociedades utilizaremos el método de estimación DIRECTA, partiendo del Resultado Contable de la empresa. De esta manera, para obtener la BI del impuesto, deberemos de realizar una serie de ajustes (positivos o negativos) sobre el Resultado Contable del ejercicio impositivo correspondiente.

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